
Obstáculo
Es todo objeto que un barco no podría pasar sin cambiar considerablemente
de rumbo, si estuviera navegando hacia él a una distancia de una de sus esloras de casco. También son obstáculos los objetos que sólo pueden pasarse con seguridad por un solo lado y un área así designada por las instrucciones
de regata. Sin embargo, un barco que está en regata no es un obstáculo para
los demás barcos a no ser que éstos deban mantenerse separados de él, darle
espacio o espacio en la marca, o esquivarlo si rige la regla 22. Una embarcación en navegación, incluyendo un barco en regata, nunca es un obstáculo continuo.
Las reglas de la Sección C no rigen en una marca de partida rodeada de agua navegable ni en su cabo de fondeo desde el momento en que los barcos se acercan a ellos para partir hasta que los hayan pasado.
Cuando rige la regla 20, las reglas 18 y 19 no rigen. Con lo que tenemos una nueva exclusión. Si hay que virar un obstáculo, evidentemente nos pasamos a la 20.
19 ESPACIO PARA PASAR UN OBSTÁCULO
19.1 Cuándo Rige la Regla 19
La regla 19 rige entre barcos en un obstáculo excepto cuando éste sea también una marca (objeto que debe dejarse por un lado preestablecido en las instrucciones de regata) que los barcos deben dejar por la misma banda. No obstante, en un obstáculo continuo, la regla 19 rige siempre y la regla 18 no rige.
19.2 Dar Espacio en un Obstáculo
(a) Un barco con derecho de paso puede elegir pasar un obstáculo por cualquier banda.
(c) Mientras los barcos están pasando un obstáculo continuo, si un barco que estaba claro a popa y obligado a mantenerse separado queda comprometido entre el otro barco y el obstáculo y, en el momento en que comienza el compromiso, no hay espacio para que pase entre ellos, no tiene derecho a espacio bajo la regla 19.2(b).
Mientras los barcos permanezcan comprometidos, se mantendrá separado y las reglas 10 y 11 no rigen.